La junta rectora de AONUJER ha mantenido una entrevista con la nueva Delegada territorial en Huelva de Salud y Bienestar Social de la Junta de Andalucia, DOÑA LOURDES MARTIN PALANCO. La reunión tuvo lugar el dia 30 de Agosto de 2012 a las 11´00 horas en la Delegación Provincial de la Consejería de Salud y Bienestar Social de Huelva.
Por parte de AONUJER la delegación estaba formada por los componetes de la Junta Rectora de AONUJER, con su Presidente JORGE BARROSO BARRERA a la cabeza; Vicepresidente RAMON GONZÁLEZ RIVERA; Secretario LORENZO GARCÍA GONZÁLEZ y Tesorero JOSÉ RAMÓN QUILÓN JARAMILLO. También participaron en la reunión el Secretario General y el Jefe de Servicio de Drogodependencia y Adicciones de la Delegación Territorial.
El motivo de la visita, ha sido trasladar la felicitación de nuestra asociación por el nuevo nombramiento a la Delegada y ofrecer nuestra colaboración más estrecha en estos momentos tan dificiles en el orden económico y social.
La Delegada se ha interesado por el día a día de nuestra asociación al mismo tiempo que se ha comprometido en realizar una visita a nuestra sede en breve.
Aprovechamos estas líneas para darle las gracias por el trato y el afecto a nuestra asociación recibidos en la visita.
El equipo de investigadores estudió a 1.037 personas en Dunedin, Nueva Zelanda, desde que nacieron, en 1972 ó 1973, hasta que cumplieron 38 años. A distintas edades se les realizaron entrevistas para conocer el nivel de consumo de drogas que mantenían. Cuando los individuos tenían 13 años y antes de que se iniciaran en el uso de la marihuana, se les sometió a pruebas de memoria, de razonamiento y de capacidad de reacción. Este mismo análisis se les volvió a practicar cuando cumplieron 38 años.
Una vez transcurrido el tiempo de estudio se concluyó que el 15% del grupo podía ser considerado consumidor habitual de marihuana, mientras que el 5% del grupo declaró fumar marihuana al menos una vez a la semana desde antes de los 18 años.
Después de comparar los resultados, la investigación arrojó que aquellos que iniciaron el consumo de la droga mientras eran adolescentes registraron un daño mucho mayor que quienes la empezaron a utilizar cuando ya eran adultos.
“El estudio demuestra que los adolescentes son particularmente vulnerables al consumo de la marihuana”, sostiene la doctora Madeline Meier, investigadora de la Universidad de Duke, quien participó en la investigación. “El cerebro se somete a importantes cambios durante la juventud, por ejemplo, se cree que algunos procesos de desarrollo ocurren precisamente a tales edades y son los que aumentan la eficiencia del cerebro. Los adolescentes que usan marihuana pueden ver afectado ese proceso de madurez cerebral”, asevera.
Meier ha explicado que si bien los 8 puntos de deterioro en el cociente intelectual (CI) pueden no parecer demasiado, la pérdida sí es significativa. "Pasar de un cociente intelectual de 100 a 92 supone retroceder del percentil 50 al 29", ha comentado. Según la doctora, los niveles de cocientes altos habitualmente están ligados a una mejor educación, a mejores ingresos, a una mejor salud y una vida más larga. "Alguien que ha perdido 8 puntos en su cociente intelectual durante la adolescencia va a estar en desventaja respecto de otras personas de su misma edad en el futuro", plantea.
La profesora Terrie Moffitt, quien estuvo a cargo de la investigación resume los resultados en una frase: “Tengo la seguridad suficiente como para decir que la marihuana es segura para los cerebros de más de 18 años y conlleva mucho riesgo para aquellos de menos de 18”. Moffitt ha destacado que el estudio ha sido realizado garantizando la absoluta confidencialidad de quienes han sido analizados, por lo que ella confía en la honestidad de las personas y en la información que han aportado a través del tiempo.
Quien también ha destacado los resultados de la investigación es el profesor Robin Murray, del Instituto de Psiquiatría de Kings College. Murray ha asegurado que si bien estudios anteriores habían planteado el daño que la marihuana produce en la vida cotidiana, esta investigación ha logrado dar una explicación al por qué se pierden esas capacidades, sobre todo cuando el consumo se inicia de forma precoz.
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Fue en el año 2006 cuando el ejecutivo autónomo emitió un decreto en el que se fijaba la zona de influencia de centros de enseñanza y de atención a menores en las que podían ubicarse establecimientos para la práctica del juego. Sin embargo, una empresa dedicada a las máquinas recreativas presentó el correspondiente recurso que fue rechazado primero por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) en el año 2008 y ahora acaba de ocurrir lo mismo por parte del Supremo.
Entre los argumentos que planteó la empresa estaba que el nuevo decreto no tenía por qué haber sido debatido ni aprobado en el Parlamento tal y como ocurrió por aquellas fechas, motivo por el cual pedía su anulación. También se argumentó que la orden incurrió en "arbitrariedad" y "discriminación" en cuanto exigió una mayor distancia para la instalación de salones recreativos de tipo B frente a otros como los bingos, casinos o los de esta misma clase, cafeterías y bares que estuvieran situados en centros comerciales que pueden ubicarse a 50 metros de las escuelas e institutos.
Sin embargo, el Supremo avala la conveniencia de marcar esta diferencia según el tipo de control que se establece en cada uno de los establecimientos a la entrada de los menores. Asi mientras, por ejemplo en los bingos y casinos hay destacado un personal que se dedica especificamente a estas tareas y deben pedir el carnet de identidad a las personas que entran en las mismas si sospechan que no son mayores de edad, en las salas recreativas normalmente tan solo hay un empleado que debe atender todas las tareas a la vez. Por lo tanto el Supremo considera ajustado a Derecho el principio de que "a menor control mayor distancia para los establecimientos de juego y viceversa".
El TS indica que los planes generales deberán incluir de forma obligatoria el contenido de este Decreto e impone a la entidad que pidió que se anulara la orden una sanción de 1.000 euros en concepto de pago de honorarios de los abogados.